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martes, 14 de enero de 2020

Contra el fanatismo, razón.

  La entrada sobre el mascoterismo y su incidencia en las playas ha tenido un éxito inesperado, como demuestran esas 64 veces que se ha compartido desde el facebook (aunque sigo echando de menos algo más de colaboración por parte de mis colegas "naturatas").


  A todos ellos y ellas quiero darles las gracias, muy especialmente a la gente de "El mastín", una página de amantes de esta raza. Personas que quieren al perro como lo que es: un perro. No como los idiotas urbanitas que tratan a sus perros como si fuesen hijos tontos, con derecho a  mear en la esquina de mi casa, a subir al autobús,a entrar en la tienda o a molestar a la fauna salvaje.

 En la web "El Mastín" se han portado muy bien al compartir mi post y explicitando públicamente su apoyo. Os doy las gracias! (podéis entrar en su muro vía facebook).


  Tras la publicación y como era de esperar "la manada mascotera" ha atacado con su virulencia habitual. Ya estoy acostumbrado a su fanatismo pero esta vez se han cargado el insultómetro. Os pongo algunas perlas que me han dejado (las mayúsculas son mías):

"Toda la razón del mundo al sujeto autor de este post.....hacía años que no leía tanta tontería junta... este señor claramente está mal aparcado....haga un estudio serio y preséntelo SIN INSULTAR"


"Ya veo que has bloqueado AL QUE NO ESTABA DE ACUERDO CON TU ESTUDIO... creo que se te ha ido la pinza mucho....la fiebre de los perros dices, ya BASTANTES RESTRICCIONES tiene una ciudad como para que encima no puedan estar libres en la naturaleza...ya te vale majo.."


"Tonto tú, y además gilipollas, retrógrado, intolerante y don sabelotodo. Los perros sueltos a la playa. Te jodes.... Borras lo mío porque tengo razón y te jode"


  "Intolerante...imbécil"


  "Quién o quienes son los papanatas que habéis escrito esto? Los que seáis deberían llevar bozal para evitar decir tal cúmulo de payasadas"

  "Demagogia pura..."


  En fin, son algunos ejemplos de la "tolerancia" de esta tropa, con la que no se puede razonar, como llevo años intentando explicar. En el post fui excesivamente amable y permití que dieran su opinión algunos mascoteros, hasta que quitaron la careta y mostraron lo que realmente son en su mayoría, porque hay algunas personas (una minoría) con las que se puede discutir civilizadamente. A partir de ahora será más estricto.

  Uno de los "argumentos" que suelen decir es que las ordenanzas municipales o la Ley de Costas no lo prohíben. Cierto, pero la ley de tenencia de animales de la Xunta sí y eso es de obligado cumplimiento en todo el territorio, incluídas las zonas del Dominio Público Marítimo Terrestre.  He consultado las competencias dde la Ley de Costas y no veo por ningún sitio que la ley de la Xunta no esté vigente en las playas. En este enlace podéis ver la distribución competencial en el dominio público marítimo terrestre. Y aquí podéis leer las competencias de la Xunta.

  Y ahora veamos qué dice la Ley 4/2017 de protección y bienestar de los animales de compañía en Galicia. Con respecto a su ámbito: todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. Sin exclusiones.

   Y ahora veamos el artículo 7, "obligaciones de las personas propietarias de animales de compañia":


  Como vemos, no hay duda posible. Los perros tiene que ir con correa en todos los espacios públicos salvo casos especiales. Entiendo que también aparece la coletilla "salvo... en lugares donde se permita que transiten en libertad" como un resquicio legal para que los ayuntamientos puedan crear parques caninos o para habilitar las famosas playas caninas (esto último, algo que en mi opinión chocaría con el espíritu de la ley a menos que fuesen playas privadas). En cualquier caso esta última frase es irrelevante para lo que nos ocupa: en las playas comunes gallegas no se pueden llevar los perros sueltos, independientemente de lo que digan las ordenanzas municipales. Aunque en el fondo a esta gente la ley o los argumentos conservacionistas les da los mismo. Saben que disfrutan de absoluta impunidad por parte de una administración cobarde y sumisa. Incluso en espacios protegidos y con planes de conservación muy estrictos pasean a sus perros impunemente los 365 días al año.

   Para finalizar, he notado que algunos colegas naturalistas que hace años me tildaban de radical e intolerante con este tema empiezan a darse cuenta que tenía razón. Me alegro por esos cambios. El tiempo pone a cada uno en su sitio.

 Y un AVISO. A partir de ahora sólo se publicarán comentarios en que el autor se identifique con nombre y apellidos. Repito, si quieres que se publique el comentario pon tu nombre y apellidos.

8 comentarios:

  1. Un matiz, Xabi: o que dis de " independientemente de lo que digan las ordenanzas municipales" é incorrecto. A frase "salvo... en lugares donde se permita que transiten en libertad" habilita que unha ordeanza municipal permita o acceso de cans ceibes (en calquera praia, non hai praias privadas en España). De todas maneiras, as ordeanzas municipais que falan de cans normalmente falan de permitir o acceso de cans fora da tempada de baño pero sen especificar que serían cans soltos, polo que ao final estamos nas mesmas. Tal vez a partires da aprobación desta lei as futuras ordeanzas expliciten o permiso de acceso de cans ceibes, pero as actuais falan só de "cans fora da tempada de baño", ou similar, pero ao non especificar que poden ir ceibes, poderán acceder pero en todo caso será atados.

    Lieime bastante pero penso que se entende :)

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    1. Pois eu creo que ese "independentemente" é acertado, Sergio. Como ben dis as ordeanzas municipiais falan só de permitir "a entrada de cans fóra da estación de baño" (eu penso que é sobre todo polo tema dos excrementos e demáis). Iso, entendo, débese a que se permitisen que entrasen soltos estarían a quebrantar unha Lei superior, pois esa limitación da correa ten como causa as molestias aos demáis en espazos públicos.
      Sabemos que no tema da legalidade hai moitísimas interpretacións e unha sentencia dun xulgado ordinario pode ser rebatida polo Tribunal Supremo e logo de novo aprovada por Estrasburgo. Na miña opinión ese matiz "salvo en LUGARES onde se permitan..." refírese a espazos habilitados específicamente, non a unha habilitación temporal nun espazo común, que é o que fan referencia as ordeanzas. Fíxate no ponto seguinte dentro dese mesmo artigo: "Asimismo deberá impedirse o acceso ao lugar dnde se aloxen os animais ás persoas ou outros animais". Quere dicir, se habilitamos unha praia fóra da tempada de baño, habería que proibir o acceso á mesma do resto das persoas. Iso é o que eu interpreto.
      Resumindo, un Concello pode habilitar ESPAZOS para ceibar cans, por exemplo, un parque canino. Pero non pode permitir a solta de cans en espazos públicos, como non pode permitir que paseen cans potencialmente perigosos sen buceira porque estaría a quebrantar unha Lei de rango superior.

      PD: Xa sabemos que hai sentenzas de todo tipo. Tamén de narcotraficantes inocentes e de acusados de terrrorismo por unha pelexa de bar.

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    2. Logo do teu comentario, Sergio, aproveitei para modificar ese parágrafo. Creo que agora se entende mellor e resulta máis didáctico.

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  2. Aplausos ata cóas miñas orellas !!!
    Se queren (ou lles deixan) crebar a leí, Pois vale, pero que non nos tomen por tontos!!!

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  3. Buenas tardes, Xabier:

    No había puesto mis apellidos en el comentario mío de hace un rato. Decirte que es lo que tiene compartir esas entradas en un facebook con "cierta aceptación" y con visitantes que se pasan las leyes y normativas por el forro. Muchas veces no es más que ver unos segundos sus perfiles para darse cuenta de lo que hay.

    No tengo ningún problema, así lo digo muchas veces, en bloquear para siempre a toda esa tropa incívica, que encima se chulean de incumplir ley y normativas, sabedores de que no hay sanciones.

    Siempre digo que me da igual perder cientos (realmente varios miles en estos últimso años) por comentar lo que pocos "se atreven". Hay hasta miedo a quedar mal por culpa de unos impresentables que se ríen de todo y de todos. Tú, unos poquitos más y yo mismo, muy poca gente más saca a la luz ese problemón medioambiental. Triste, pero cierto.

    Un saludo.

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  4. Gracinhas mais umha vez, Xabi. Mui bem escrito o post, com argumentos mui clarinhos. Pouco mais que engadir: quem nom queira ver o problema, alá el ou ela. Umha aperta, Damián

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  5. Engado esta ligaçom que envia Josep Melero à página de facebook do Mastín (que é aberta): https://www.researchgate.net/publication/6055768_Four-legged_friend_or_foe_Dog_walking_displaces_native_birds_from_natural_areas

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    1. Graças, Damiám. De todas formas para esta tropa de "ultras" isto da legalidade ou dos informes cientìficos é irrelevante.
      Já terám serviços jurídicos especializados para botar-lhes umha mao. Contaram-me dum advogado especialista em quitar multas de tránsito por defectos de forma (em Ferrol). Seguramente estes delinqüêntes já goçam dessa protecçom.

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